El Estado no puede arrogarse la función de controlar, conformar o sustituir aquellas entidades que componen la sociedad civil.

La subsidiaridad está entre las directrices más constantes y características de la doctrina social de la Iglesia, presente desde la primera gran encíclica social.

“No es justo que ni el individuo ni la familia sean absorbidos por el Estado; lo justo es dejar a cada uno la facultad de obrar con libertad, hasta donde sea posible, sin daño del bien común y sin injuria de nadie. No obstante, los que gobiernen deberán atender a la defensa de la comunidad y de sus miembros” (Rerum novarum, 57)

Es imposible promover la dignidad de la persona si no se cuidan la familia, los grupos, las asociaciones, las realidades territoriales locales, en definitiva, aquellas expresiones agregativas de tipo económico, social, cultural, deportivo, recreativo, profesional, político, a las que las personas dan vida espontáneamente y que hacen posible su efectivo crecimiento social.

Para comprender bien en qué consiste el concepto de subsidiariedad debemos introducir primero el de sociedad civil. Porque la subsidiaridad no tiene sentido sin la existencia de una sociedad civil.

subsidiaridadLa sociedad civil es el conjunto de las relaciones entre individuos y entre sociedades intermedias, que se realizan en forma originaria y gracias a la «subjetividad creativa del ciudadano». La red de estas relaciones forma el tejido social y constituye la base de una verdadera comunidad de personas, haciendo posible el reconocimiento de formas más elevadas de sociabilidad.

Estas asociaciones se llaman también sociedades intermedias porque se encuentran entre las personas y el Estado o la forma de gobierno. Van más allá de la influencia que pueda tener una persona por su propia cuenta, pero no se trata de instituciones creadas o insertadas en el aparato estatal.

Toda esta sociedad civil permite canalizar la iniciativa privada, que las personas puedan desarrollar sus inquietudes unidas a otros y puedan mejorar la sociedad a través de una acción colectiva y organizada.

La sociedad civil conforma un tejido social que es la base sobre la que se asienta una verdadera sociedad. Sin estas asociaciones, sin estas iniciativas, la necesaria libertad de las personas queda cercenada, sin posibilidad de cauces de expresión y de trabajo conjunto.

El fundamento de la subsidiariedad es la dignidad de la persona. Para proteger esta dignidad, se debe defender a la persona y a todos los grupos en los que nos asociamos con otros para poder desarrollar nuestro ser social y, en especial, para el grupo inicial que soporta parte de la organización en sociedad, la familia.

A la actuación del principio de subsidiaridad corresponden: el respeto y la promoción efectiva del primado de la persona y de la familia; la valoración de las asociaciones y de las organizaciones intermedias, en sus opciones fundamentales y en todas aquellas que no pueden ser delegadas o asumidas por otros; el impulso ofrecido a la iniciativa privada, a fin que cada organismo social permanezca, con las propias peculiaridades, al servicio del bien común; la articulación pluralista de la sociedad y la representación de sus fuerzas vitales; la salvaguardia de los derechos de los hombres y de las minorías; la descentralización burocrática y administrativa; el equilibrio entre la esfera pública y privada, con el consecuente reconocimiento de la función social del sector privado; una adecuada responsabilización del ciudadano para «ser parte» activa de la realidad política y social del país.

Por ello, la sociedad civil no solo debe ser tutelada y permitida, sino también conservada y potenciada.

La exigencia de tutelar y de promover las expresiones originarias de la sociabilidad es subrayada por la Iglesia en la encíclica Quadragesimo anno, en la que el principio de subsidiaridad se indica como principio importantísimo de la filosofía social»: «Como no se puede quitar a los individuos y darlo a la comunidad lo que ellos pueden realizar con su propio esfuerzo e industria, así tampoco es justo, constituyendo un grave perjuicio y perturbación del recto orden, quitar a las comunidades menores e inferiores lo que ellas pueden hacer y proporcionar y dárselo a una sociedad mayor y más elevada, ya que toda acción de la sociedad, por su propia fuerza y naturaleza, debe prestar ayuda a los miembros del cuerpo social, pero no destruirlos y absorberlos».

Conforme a este principio, todas las sociedades de orden superior deben ponerse en una actitud de ayuda («subsidium») —por tanto de apoyo, promoción, desarrollo— respecto a las menores.

El principio de subsidiaridad protege a las personas de los abusos de las instancias sociales superiores.

subsidiaridadCon el principio de subsidiaridad contrastan las formas de centralización, de burocratización, de asistencialismo, de presencia injustificada y excesiva del Estado y del aparato público: «Al intervenir directamente y quitar responsabilidad a la sociedad, el Estado asistencial provoca la pérdida de energías humanas y el aumento exagerado de los aparatos públicos, dominados por las lógicas burocráticas más que por la preocupación de servir a los usuarios, con enorme crecimiento de los gastos» (Centesimus Annus 48).

La ausencia o el inadecuado reconocimiento de la iniciativa privada, incluso económica, y de su función pública, así como también los monopolios, contribuyen a dañar gravemente el principio de subsidiaridad.

Como no se puede quitar a los individuos y dar a la comunidad lo que ellos pueden realizar con su propio esfuerzo e industria, así tampoco es justo, constituyendo un grave perjuicio y perturbación del recto orden, quitar a las comunidades menores e inferiores lo que ellas pueden hacer y proporcionar y dárselo a una sociedad mayor y más elevada, ya que toda acción de la sociedad, por su propia fuerza y naturaleza, debe prestar ayuda a los miembros del cuerpo social, pero no destruirlos y absorberlos” (Quadragesimo anno, 79)

Porque la necesidad de potenciar a las personas y a las asociaciones que estas crean, que exista un tejido social sano que les permita expresarse a través de aquellas asociaciones en las que voluntariamente quieren involucrarse, significa que el Estado debe velar porque sea así. El Estado no puede arrogarse la función de controlar, conformar o sustituir aquellas entidades que componen la sociedad civil.

No, la subsidiariedad consiste en considerar que el Estado debe de ejercer una labor de apoyo, de promoción y de desarrollo del tejido social. Y esto se hace desde una actitud de servicio. El Estado se pone al servicio de las personas, de la sociedad civil para articular instituciones, leyes y cualquier otra medida que permita que las entidades sociales se encuentren respaldadas para seguir realizando sus actividades y consiguiendo sus fines sin perder su independencia.

La subsidiaridad implica que todo aquello que puede realizar una asociación menor no lo acabe haciendo una institución pública o superior.