Una nueva mirada sobre la ley natural

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(Tomado de “En busca de una ética universal: nueva mirada sobre la ley natural”, Comisión Teológica Internacional, 17 de julio de 2009)

¿Existen valores morales objetivos con capacidad para unir a los hombres y procurarles paz y felicidad? ¿Cuáles son? ¿Cómo reconocerlos? ¿Cómo actúan en la vida de las personas y de la comunidad? Estos interrogantes de siempre en torno al bien y al mal, se presentan hoy con más urgencia que nunca, en la medida en que los hombres tienen una mayor conciencia de formar una sola comunidad mundial. Los grandes problemas que se presentan a los seres humanos tienen ahora una dimensión internacional, planetaria, porque el desarrollo de las técnicas de comunicación favorece una creciente interacción entre las personas, la sociedad y la cultura. Un acontecimiento local puede tener una resonancia, casi inmediata, en todo el planeta. Surge así la conciencia de una solidaridad global, que encuentra su fundamento último en la unidad del género humano.

Ésta se traduce en una responsabilidad de todo el planeta. Así, el problema del equilibrio ecológico, de la protección del medio ambiente, de los recursos y del clima se ha convertido en una preocupación opresiva, que interpela a toda la humanidad y cuya solución se encuentra más allá de los ámbitos nacionales. También las amenazas que el terrorismo, el crimen organizado y las nuevas formas de violencia y de opresión hacen recaer sobre la sociedad tienen una dimensión planetaria. Los veloces descubrimientos de la biotecnología, que a veces amenazan la misma identidad del ser humano (manipulación genética, clonación…), reclaman urgentemente una reflexión ética y política de amplitud universal. En este contexto, la búsqueda de valores éticos comunes vuelve a estar de actualidad.

En el Documento de la Santa Sede resuena con especial fuerza el debate sobre «la naturaleza». El imperialismo actúa no sólo manipulando la conciencia, sino que toca los entresijos mismos de la naturaleza humana. La puerta de entrada para poder realizar este ataque es haber introducido una división, estrategia típicamente satánica, entre sujeto, supuestamente personal -individual- y su cuerpo, su naturaleza, entendiendo ésta como una materia sobre la que el sujeto -voluntad de poder- tiene la capacidad de intervenir como quiera. Según cual sea la comprensión que tengamos de naturaleza humana las resonancias de la ley natural son diferentes, e incluso la propia ley natural entra en crisis incluso en el propio pensamiento teológico, primero, porque después de la influencia kantiana hay también una tendencia a reforzar la ley y el Derecho natural desde la relectura de Grocio que «seculariza» la noción y la reduce a «los principios generales del derecho» que dimanan del derecho positivo y, segundo, por una comprensión estática de la naturaleza como pura materia de la que se trata de extraer unos principios «fisico-químicos» que se imponen, lo que produce unas resonancias de heteronomía y de imposición biologicista y determinista que rechinan con fuerza al sujeto moderno que reivindica su autonomía. La propia teología moral católica al incorporar la reflexión personalista rechaza la propuesta biologicista de ley natural pues inconscientemente ha aceptado la reducción de persona a sujeto-individuo desligado del cuerpo. Cuando la «teología del cuerpo» nos ayuda a descubrir en la propia naturaleza no una materia que tenemos, sino un espíritu encarnado que somos, una «materia espiritual», una naturaleza que lleva en sí las huellas de su autor y expresa el ser personal que identifica al sujeto y expresa la verdad de sí mismo: un sujeto que es en su naturaleza espiritual.

Según cual sea el concepto de naturaleza, objeto material o naturaleza humana espiritual -creada a imagen y semejanza de Dios Comunión, como hemos afirmado en el punto I de este decálogo- «barro alentado y aliento enterrado» en un distinguir para unir, cuerpo-espíritu, hombre-mujer, sujeto-pueblo, así será nuestra concepción y aprecio de la ley natural.

Llamamos ley natural al fundamento de una ética universal que tratamos de recoger de las observaciones y de las reflexiones sobre nuestra común naturaleza humana. Es la ley moral inscrita en el corazón de los hombres de la cual, la humanidad es más consciente a medida que avanza nuestra historia. Esta ley natural no tiene nada de estático en su expresión; no consiste en una lista de preceptos definitivos e inmutables. Es una fuente de inspiración que está continuamente brotando en la búsqueda de un fundamento objetivo para una ética universal.

Nuestra convicción de fe es que Cristo revela la plenitud de lo humano realizándola en su persona. Pero tal revelación, por cuanto específica, reúne y confirma elementos que estaban presentes en el pensamiento racional de las sabidurías de la humanidad.

Para poder ser reconocido por todos los hombres en todas las culturas, las normas del comportamiento en sociedad deben tener su fuente en la misma persona humana, en sus necesidades, en sus inclinaciones. Tales normas elaboradas por la reflexión y sostenidas por el derecho, pueden entonces ser interiorizadas por todos. Después de la segunda guerra mundial, las naciones de todo el mundo han sabido darse una Declaración universal de los derechos del hombre, la cual sugiere implícitamente que la fuente de los derechos humanos inalienables, se encuentra en la dignidad de cada persona humana.

En el camino que nosotros queremos plantear y recorrer decimos: «partamos de la persona», e, inmediatamente, caemos en la cuenta, desde nuestra lectura de la realidad, de que el ataque que los poderes de este mundo están llevando a cabo, pone su acento en la destrucción de la misma persona, por ello la propuesta ha de reformularse como «reconstrucción de la persona» desde una propuesta de la verdad sobre la persona.

Desde hace muchos decenios, algunos sectores de la cultura contemporánea han dejado de lado la cuestión de los fundamentos éticos del derecho y de la política. Bajo el pretexto de que cualquier pretensión de una verdad objetiva universal sería fuente de intolerancia y de violencia, y que sólo el relativismo podría salvaguardar el pluralismo de los valores y de la democracia, se hace la apología del positivismo jurídico que rechaza referirse a un criterio objetivo, ontológico, de lo que es justo. Desde esta perspectiva, el horizonte final del derecho y de la norma moral es la ley en vigor, que es considerada justa por definición, porque es expresión de la voluntad del legislador.

Pero los hechos nos dicen que es precisamente la renuncia a una propuesta de verdad para dejar todo discernimiento moral en manos de la voluntad de poder, aunque ésta tome forma de consensos democráticos, lo que es la verdadera fuente de violencia e intolerancia.

Además una cierta propensión a multiplicar los derechos del hombre, más en función de los deseos desordenados del individuo consumista o de reivindicaciones sectoriales, que de las exigencias objetivas del bien común de la humanidad, ha contribuido en gran medida a quitarles valor. Separada del sentido moral de los valores que trasciende los intereses particulares, la multiplicación de los procedimientos y reglamentaciones jurídicas conduce únicamente a un echar tierra encima, que al final sirve únicamente a los intereses de los países más fuertes. Sobre todo, se percibe una tendencia a reinterpretar los derechos del hombre, separándolos de la dimensión ética y racional que constituye su fundamento y su fin, en beneficio de un puro legalismo utilitarista.

El modelo racionalista moderno de la ley natural se caracteriza:

1)        De la creencia existencialista en una naturaleza humana inmutable y a-histórica, de la cual la razón puede tomar perfectamente la definición y las propiedades esenciales;

2)        De poner entre paréntesis la situación concreta de la persona humana en la historia de la salvación, señalada por el pecado y por la gracia, cuya influencia sobre el conocimiento y sobre la práctica de la ley natural es decisiva;

3)        De la idea de que es posible por la razón, deducir a priori los preceptos de la ley natural a partir de la definición de la esencia del ser humano;

4)        De la máxima extensión dada a los preceptos así deducidos, tanto que la ley natural, aparece como un código de leyes ya hechas, que regula la casi totalidad de los comportamientos. Para que la noción de ley natural pueda servir para la elaboración de una ética universal en una sociedad secularizada y pluralista como la nuestra, es necesario evitar presentarla en la forma rígida que ha asumido, en particular en el racionalismo moderno.

Una presentación renovada de la doctrina de la ley natural.

Esta afirma sustancialmente que las personas y la comunidad humana son capaces, a la luz de la razón, de reconocer las orientaciones fundamentales de un actuar moral conforme a la naturaleza misma del sujeto humano, y de expresarlo de modo normativo bajo la forma de preceptos o mandamientos. Tales preceptos fundamentales, objetivos y universales, están llamados a ser fundamento y a inspirar el conjunto de las determinaciones morales, jurídicas y políticas que regulan la vida de los hombres y de la sociedad. Constituyen una instancia crítica permanente y aseguran la dignidad de la persona humana de cara a la fluctuación de las ideologías.

Hoy, la Iglesia católica, invoca la ley natural en cuatro contextos principales:

-El primero, frente al divagar de una cultura que limita la racionalidad a las ciencias positivas y abandona al relativismo la vida moral, insiste en la capacidad natural que tienen los hombres de acoger por la razón «el mensaje ético contenido en el ser» y de conocer en ellos, a grandes rasgos, las normas fundamentales de un actuar justo conforme a su naturaleza y a su dignidad.

-En segundo lugar, frente al individualismo relativista, que mantiene que cada individuo es fuente de los propios valores y que la sociedad resulta de un mero contrato estipulado entre los individuos que escogen ellos mismos fijarse todas las normas, recuerda el carácter no convencional sino natural y objetivo de las normas fundamentales que regulan la vida social y política.

-En tercer lugar, frente a un laicismo agresivo que quiere excluir a los creyentes del debate público, la Iglesia hace notar que las intervenciones de los cristianos en la vida pública, sobre temas que hacen referencia a la ley natural (defensa de los derechos de los oprimidos, justicia en las relaciones internacionales, defensa de la vida y de la familia, libertad religiosa y libertad de educación…) no son de por sí, de naturaleza confesional, sino que derivan del cuidado que todo ciudadano debe tener con el bien común de la sociedad.

-En cuarto lugar, frente a la amenaza del abuso de poder y de totalitarismo, que el positivismo jurídico esconde y que ciertas ideologías transmiten, la Iglesia recuerda que las leyes civiles no obligan en conciencia, cuando contradicen la ley natural, y pide el reconocimiento de la objeción de conciencia, como también el del deber de la desobediencia en nombre de la obediencia a una ley más alta.

En la reflexión que hace el Documento que estamos resumiendo sobre a ley natural, surge el interrogante de cómo poder compartir esta reflexión con nuestros contemporáneos y ofrece una pedagogía que comienza desde una experiencia humana elemental, que diría Juan Pablo II, en el corazón humano anida un deseo de hacer el bien, incluso cuando hace el mal lo reviste con un ropaje de bien que justifica el propio comportamiento.

A.- La experiencia moral: «Es necesario hacer el bien»

Cada ser humano que accede a la conciencia y a la responsabilidad tiene la experiencia de una llamada interior a hacer el bien. Descubre que es fundamentalmente un ser moral, capaz de percibir y de explicar la llamada que, como se ha visto, se encuentra dentro de todas las culturas: «Es necesario hacer el bien y evitar el mal». El bien moral corresponde al deseo profundo de la persona humana que -como cada ser- tiende espontáneamente, naturalmente, hacia lo que la realiza plenamente, hacia aquello que la permite alcanzar la perfección que le es propia, la felicidad. Como cada criatura, la persona humana se define con un dinamismo y una finalidad que son anteriores a la libre elección de la voluntad. Sin embargo, a diferencia de los seres que no están dotados de razón, la persona humana es capaz de conocer e interiorizar tal finalidad y, por tanto, de evaluar, en función de ello, lo que es bueno o malo para ella.

La obligación moral que el sujeto reconoce, no proviene de una ley externa (pura heteronomía), sino que se afirma a partir de él mismo. Nace del corazón mismo de nuestro ser como una invitación a la realización y a la superación de sí mismo. No se trata, por tanto, de someterse a la ley de otro, sino de acoger la ley del propio ser.

B.- El descubrimiento de los preceptos de la ley natural: universalidad de la ley natural

En la búsqueda del bien moral, la persona humana se pone a la escucha de aquello que es y toma conciencia de las inclinaciones fundamentales de su naturaleza, Se distinguen tradicionalmente 3 grandes conjuntos de dinamismos que actúan en la persona humana:

-El primero que comparte con cada ser sustancial, comprende esencialmente, la inclinación a conservar y desarrollar la propia existencia: integridad del cuerpo; uso de los bienes externos que aseguran la subsistencia y la integridad de la vida, como la alimentación, el vestido, la vivienda, el trabajo

-El segundo que es común a todos los seres vivos, comprende la inclinación a reproducirse para perpetuar la especie que se realiza por la procreación. La generación se inscribe en la prolongación de la tendencia a permanecer en el ser. El dinamismo hacia la procreación está intrínsecamente ligado a la inclinación natural que conduce al hombre hacia la mujer y la mujer hacia el hombre, dato universalmente reconocido en todas las sociedades. Lo mismo sucede con la inclinación a cuidar de los hijos y a educarlos. Tales inclinaciones implican que la permanencia de la pareja del hombre y la mujer y también de su fidelidad recíproca son ya valores a conseguir, aunque se puedan manifestar plenamente únicamente en el orden espiritual de la comunión interpersonal.

-El tercer grupo de inclinaciones es específico del ser humano como ser espiritual, dotado de razón, capaz de conocer la verdad, de entrar en diálogo con los otros y de tener estrechas relaciones de amistad. El carácter relaciona! efe la persona se explica también por la tendencia a vivir en comunión con Dios o El Absoluto. Se manifiesta en el sentimiento religioso y en el deseo de conocerá Dios. A esta tendencia específica del hombre, corresponde la exigencia advertida por la razón, de realizar concretamente esta vida de relación y de construir la vida en sociedad sobre bases justas que correspondan al derecho natural. Esto implica el reconocimiento de la igual dignidad de cada individuo de la especie humana, más allá de las diferencias de raza y de cultura, y debe un gran respeto por la humanidad donde se encuentre, aún en el más pequeño o en el más despreciado de sus miembros. «No hagas a los demás aquello que no quieras que te hagan a ti». Retomamos aquí la regla de oro, que hoy está puesta como principio de una moral de reciprocidad. Los principios morales que derivan de la toma en consideración, por la razón, de las inclinaciones fundamentales de la persona humana, se pueden considerar como universales, porque se aplican a toda la humanidad. Además revisten un carácter de inmutabilidad en la medida en que derivan de una naturaleza humana cuyos componentes esenciales permanecen idénticos a lo largo de la historia.

C- La aplicación de los preceptos comunes; historicidad de la ley natural

En el contexto del pluralismo somos cada vez más conscientes del hecho de que no se puede elaborar una moral fundamentada en la ley natural sin unirlo a una reflexión sobre las disposiciones interiores o virtudes que hacen al moralista apto para elaborar una adecuada norma de actuación.

La moral no puede entonces limitarse a producir normas, debe también favorecer la formación del sujeto, para que éste, comprometido en la acción, esté en grado de adaptar los preceptos universales de la ley natural a las condiciones concretas de la existencia en los diversos contextos culturales.

La ciencia moral no puede dar al sujeto agente una norma que se aplique adecuadamente y casi automáticamente a la situación concreta; solamente la conciencia del sujeto, el juicio de su razón práctica, puede formular la norma inmediata de la acción. Pero al mismo tiempo, esta perspectiva, no abandona jamás la conciencia a la sola subjetividad: se abre a la verdad moral de tal manera que su juicio sea adecuado. La ley natural no puede entonces ser presentada como un conjunto, ya establecido, de reglas que se imponen a priori al sujeto moral, sino que es fuente de inspiración objetiva, para el proceso, eminentemente personal, de toma de decisiones.

Los fundamentos teóricos de la ley natural La idea de una ley natural se justifica sobre todo en el plano de la observación reflexiva de las constantes antropológicas que caracterizan una conseguida humanización de la persona y una vida social armonizada.

La metafísica permite comprender que el universo no tiene en sí mismo la razón última de ser, y manifiesta la estructura fundamental de lo real: la distinción entre Dios, el mismo Ser subsistente, y los otros puestos por Dios en la existencia. Dios es el Creador, la fuente libre y trascendente de todos los otros seres. Estos, reciben de él, «con medida, cálculo y peso» (Sap 11,20), la existencia según una naturaleza que los define.

El Creador no es únicamente el principio de las criaturas, sino también el fin trascendente hacia el cual tienden por naturaleza. Por eso las criaturas poseen un dinamismo que les lleva a realizarse, cada una a su modo, en la unión con Dios. Tal dinámica es trascendente, en la medida de que procede de la ley eterna, pero es también inmanente, porque no está impuesto desde el exterior de las criaturas, sino que está inscrito en su misma naturaleza. Las criaturas puramente materiales realizan espontáneamente la ley de su ser, mientras que las criaturas espirituales lo realizan de modo personal.